El Gobierno nacional afirmó el lunes 21 de abril de 2025 que los recursos presentados en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) no afectarán las elecciones generales programadas para el 17 de agosto de 2025. Esta declaración fue realizada por el ministro de Justicia, César Siles, durante una conferencia de prensa en La Paz.
Siles explicó los efectos de los recursos que están relacionados con la incorporación de la equidad de género en los binomios presidenciales y la participación de organizaciones indígenas en las elecciones generales. “Toda modificación que haya, que podría darse, tanto del artículo 28 como del artículo 5 de la Ley de Organizaciones Políticas, va a regir para lo venidero”, afirmó el ministro.
Hasta la fecha, se han presentado tres recursos en el TCP. El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Israel Huaytari, presentó el 15 de abril de 2025 una acción de inconstitucionalidad abstracta para garantizar binomios presidenciales paritarios. Por otro lado, el 7 de abril de 2025, el diputado disidente Miguel Roca acudió al TCP buscando que las organizaciones indígenas puedan participar en elecciones generales y no solo en subnacionales, como lo limita la Ley 1096. Además, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) presentó una acción de constitucionalidad concreta sobre la participación indígena.
Proceso electoral en marcha
Siles aseguró que ninguna de estas acciones legales afectará el proceso electoral, que ya está en marcha desde el 3 de abril de 2025, cuando se emitió la convocatoria. En caso de que se modifiquen los artículos impugnados, estos regirán para futuros procesos electorales, no así para las elecciones de este año.
Huaytari sostiene que el artículo 28 de la Ley 1096 debe ser modificado y busca que la nominación paritaria también se extienda a postulantes a la presidencia y vicepresidencia. Esta propuesta fue plasmada en un proyecto de ley que fue aprobado en la Cámara de Diputados y enviado al Senado, donde aún no ha sido debatida.
Posibles dictámenes del TCP
En caso de que el TCP emita un dictamen, este exhortará a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) a modificar el artículo 28, y su aplicación sería para las elecciones generales de 2030. “No existiendo, por tanto, en este punto ningún riesgo, si se modifica el artículo 28, regirá para lo venidero”, insistió Siles.

Respecto al recurso del diputado Roca, Siles recordó que “está zanjado jurídicamente” porque el inciso c) del artículo 5 establece que “las naciones y pueblo indígena o minero campesino no pueden participar de elecciones nacionales”. Sin embargo, esta disposición puede ser impugnada.
Plazos y procedimientos del TCP
“En el escenario de que el Tribunal Constitucional declare inconstitucional este artículo, esa declaración va a regir para lo venidero”, agregó Siles. Actualmente, los tres recursos están en la comisión de admisión del TCP. Si son admitidos, se solicitará un pronunciamiento a la ALP sobre la norma impugnada.
Se le dará un plazo de 15 días a la ALP y luego se delegará la resolución a un magistrado relator, quien tendrá un plazo adicional de 45 días para emitir su dictamen. “Si ustedes hacen la sumatoria, entendería que ya vamos a estar con las elecciones realizadas antes de que se emita una sentencia constitucional”, concluyó Siles.