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Detención de humorista vulneró convenciones internacionales, la Constitución y una ley

Una imagen muestra al comediante Raúl Cuenca y el momento de su detención, el viernes 18 de mayo en La Paz / Radio Compañera
Durante la jornada del viernes 18 de mayo, el humorista Raúl Cuenca del grupo “More Humor” fue detenido por tres personas de civil, de las que una se identificó como policía, y de inmediato el fiscal de Materia, José Yujra, solicitó el procesamiento del actor por el delito de “usurpación de funciones”.

La detención de un comediante por más de 10 horas, tras representar una parodia policial en un canal de televisión, vulneró la Declaración Universal de los Derechos Humanos, una convención internacional, la Constitución y una ley, según el análisis de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) que representa a los principales diarios de Bolivia.

Durante la jornada del viernes 18 de mayo, el humorista Raúl Cuenca del grupo “More Humor” fue detenido por tres personas de civil, de las que una se identificó como policía, y de inmediato el fiscal de Materia, José Yujra, solicitó el procesamiento del actor por el delito de “usurpación de funciones”.

Organizaciones defensoras de los Derechos Humanos, periodistas y ciudadanos a través de las redes sociales emitieron mensajes de respaldo al humorista y un juez otorgó la “libertad provisional” en la noche del viernes.

El propio ministro de la seguridad interna y responsable de la Policía, Eduardo del Castillo, publicó un mensaje a través de sus redes sociales: “El tema ya fue subsanado y la persona se encuentra en libertad, asimismo, se tomarán las acciones correspondientes en el interior de la policía”.

“Activar mecanismos de seguridad policial o acciones penales a partir de una entrevista o un acto cultural o artístico es inaceptable; ninguna forma de censura o afectación a la libertad de expresión puede ser tolerada en una sociedad democrática”, escribió en Twitter.

Normas vulneradas

“Se ha vulnerado el principio de legalidad que debe entenderse como una obligación del Estado garantizar a todas las personas el ejercicio de sus derechos fundamentales, como el derecho a la vida, a la salud, a la propiedad, a ejercer la libertad de expresión, la libertad de profesión y todas las garantías que en la Carta Magna se encuentran descritas en sus primeros artículos que representan su parte dogmática o de derechos fundamentales”, comentó la asesora legal de la ANP, Mabel Antezana.

“El hecho de conducirlo enmanillado, humillarlo y someterlo como vulgar delincuente, vulnera la Declaración Universal de los Derechos Humanos queprohíbe la detención arbitraria o destierro (Art. 9) y reconoce el derecho a opinar y expresarse libremente (Art.19)”, explicó.

La jurista advirtió que la detención vulneró la Convención Americana sobre Derechos Humanos que reivindica el respeto a la dignidad de la persona, la prohibición de ofrecer tratos “inhumanos o degradantes” o sometimiento a privación de libertad.

“La conducta asumida por el comediante no se adecua al tipo penal de usurpación de funciones, toda vez que realizar comedia no implica la usurpación en sí misma, tal como establece el artículo 163 del Código Penal modificado porla Ley 1390, que señala las formas en que se configura este delito”, según Antezana.

La detención por más de 10 horas en una celda policial vulnera la Ley 101 del Régimen Disciplinario de la Policía que califica de falta grave “con retiro o baja definitiva” la ejecución de “tratos inhumanos, crueles o degradantes, acciones de tortura, atentado contra los Derechos Humanos” (Art. 14).


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