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Promulgan ley que sanciona con hasta 8 años de cárcel a autores de incendios en áreas protegidas

El ministro de Medio Ambiente y Agua, Rubén Alejandro Méndez Estrada./Radio Splendid
¡Buena noticia para la protección del medio ambiente en Bolivia! El Órgano Ejecutivo ha promulgado la Ley 1525, que establece sanciones de hasta ocho años de cárcel para quienes provoquen incendios en áreas protegidas. Esta medida busca fortalecer la protección de nuestra flora y fauna silvestre.


El Órgano Ejecutivo de Bolivia ha promulgado la Ley 1525, estableciendo sanciones de hasta ocho años de cárcel para aquellos que provoquen incendios dentro o que se extiendan a áreas protegidas. La medida busca fortalecer la protección de estos espacios vitales para la flora y fauna silvestre.

La disposición transitoria tercera de la Ley Integral de Protección y Conservación del Cóndor Andino, Kuntur Mallku (Vultur Gryphus), enmienda el artículo 206 del Código Penal. Ahora, aquellos que provoquen incendios en áreas protegidas enfrentarán privación de libertad de tres a ocho años si ocasionan daño a la flora o fauna silvestre.

Medida preventiva tras los incendios forestales

Bolivia cuenta con 22 áreas protegidas y esta ley surge como respuesta a los incendios forestales que amenazaron estas zonas durante este año. Antes de esta normativa, el Código Penal solo sancionaba a quienes provocaban incendios sin considerar las consecuencias específicas en las áreas naturales.

Protección especial para el Cóndor Andino

La legislación también destaca la importancia del Cóndor Andino como Símbolo y Patrimonio Natural y Cultural del Estado Plurinacional de Bolivia. Además, prohíbe la caza, acoso, captura, acopio y comercialización de esta ave sin autorización con medidas específicas para su conservación.

Penas por tráfico de fauna y flora silvestre

La disposición adicional primera establece penas de privación de libertad de dos a seis años para quienes trafiquen con especies de fauna y flora silvestre sin autorización. La sanción se agrava cuando la especie traficada está en peligro o en extinción, o cuando se involucran varias especies de la fauna silvestre.

Sanciones por envenenamiento de fauna silvestre

Por último, la disposición segunda introduce el artículo 223 ter al Código Penal, sancionando con privación de libertad de cuatro a ocho años a quienes utilicen sustancias químicas, tóxicas o peligrosas causando el envenenamiento y muerte de especies de fauna silvestre. Esta medida busca frenar actividades que ponen en peligro la biodiversidad del país.


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