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Determinan que pruebas Covid-19 sirvan para tramitar bajas médicas

Determinan que pruebas Covid-19 sirvan para tramitar bajas médicas
El Ministro de Salud, Jeyson Auza brindó la información este viernes / ERBOL
El Gobierno Nacional, mediante el ministro de Salud, Jeyson Auza, informó este viernes que se determinó habilitar que las pruebas PCR o antígeno nasal de Covid-19 emitidas por laboratorios autorizados sirvan para tramitar las bajas médicas en las fuentes laborales públicas y privadas.

El Gobierno Nacional, mediante el ministro de Salud, Jeyson Auza, informó este viernes que se determinó habilitar que las pruebas PCR o antígeno nasal de Covid-19 emitidas por laboratorios autorizados sirvan para tramitar las bajas médicas en las fuentes laborales públicas y privadas.

Auza explicó que el objetivo del instructivo es evitar la congestión que se está ocasionando en algunas cajas de seguridad social, por la demanda de pruebas de personas que requieren bajas médicas.

Esta disposición fue emitida por la Autoridad de Seguridad Social de Corto Plazo (Asuss), debido a la emergencia sanitaria que existe en el país.

El titular de esa cartera de Estado, explicó que las pruebas PCR y de antígeno nasal podrán realizarse en laboratorios habilitados por la Coordinadora Nacional de Laboratorios y los Servicios Departamentales de Salud, las cuales tendrán calidad de declaración jurada y su falsedad estará sujeta a sanciones.

Asimismo, indicó que un dependiente podrá presentar esta prueba de laboratorio con resultado positivo en el área de Recursos Humanos de manera física o digital, en instituciones públicas o privadas, para proceder a tramitar de manera digital el certificado de incapacidad temporal o baja, según reporte de la red Erbol.

Señaló también que las cajas, con sola presentación mediante correo electrónico o un número de WhatsApp de la solicitud de certificado de incapacidad temporal, deben otorgar inmediatamente el mismo por un período de siete días calendario, computables a partir de la emisión del resultado positivo de la prueba y remitirán inmediatamente a través de medios electrónicos la constancia.

“Las personas que están siendo diagnosticadas en este momento en los centros de diagnóstico por Covid-19, no necesariamente tienen que repetir la prueba en su caja, sino van a presentar esta prueba positiva a la unidad de recursos humanos de la empresa o institución donde trabajen, para que de ahí se proceda con el trámite correspondiente para asignarle siete días de baja médica”, recalcó el ministro.

Finalmente, aclaró que todos los entes gestores deben habilitar un correo electrónico o número de WhatsApp institucional, el cual informe a cada uno de sus afiliados y a cada una de las instituciones a las cuales prestan servicio, para que se efectivice la aplicación de este instructivo.

/MDCB


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