Asamblea Legislativa Oruro

Justicia admite proceso contra expresidente de la Corte Electoral Departamental de Oruro

La exautoridad tiene cuentas pendientes con la justicia y el TEDO / LA PATRIA
El Juzgado de Sentencia Penal 2 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro (TDJO) admitió el jueves 2 de septiembre el proceso por “reparación de daño” contra el expresidente de la Corte Electoral Departamental de Oruro (ahora Tribunal Electoral Departamental de Oruro), David Pedro Apaza Cossío, quien estuvo a cargo de esta entidad en el 2010. La denuncia fue instaurada por el titular del TED-Oruro, Iver Pereira Vásquez.

El Juzgado de Sentencia Penal 2 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro (TDJO) admitió el jueves 2 de septiembre el proceso por “reparación de daño” contra el expresidente de la Corte Electoral Departamental de Oruro (ahora Tribunal Electoral Departamental de Oruro), David Pedro Apaza Cossío, quien estuvo a cargo de esta entidad en el 2010. La denuncia fue instaurada por el titular del TED-Oruro, Iver Pereira Vásquez.

La exautoridad electoral debe al ente electoral 91.600 bolivianos por conceptos de activos, documentación de la institución y una deuda no pagada por servicios al periódico LA PATRIA.

Juicio

Apaza Cossío ya fue juzgado en 2018 con una pena preventiva de seis años mediante sentencia 13/2018 emitida por el Tribunal de Sentencia Penal Nº2 de fecha 26 de abril de esa gestión, pero no pudo ser habido.

La demanda se instauró por “Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos” conforme al Art. 26 de la Ley 004 “Marcelo Quiroga Santa Cruz”.

Presidente

El presidente del TED- Oruro, Iver Pereira Vásquez manifestó que se espera dar con el paradero de la exautoridad porque son recursos del Estado los cuales se deben a la institución y también las obligaciones que se tiene con terceros, además que existe un daño a la institución.

La autoridad electoral, recordó que la Constitución Política del Estado en su artículo 334 menciona que no prescribirán las deudas por los daños económicos causados al Estado y que está relacionado con la responsabilidad por la función pública.

De la misma forma, se encuentra establecido en la Ley 1178, que prohíbe el menoscabo, beneficio indebido y daño al patrimonio del Estado.


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