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	<title>sentencia constitucional archivos - La Patria Bolivia | Periódico digital</title>
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	<description>Veracidad y responsabilidad desde 1919. Periodismo boliviano con cobertura en todo el país</description>
	<lastBuildDate>Thu, 01 Jan 1970 00:00:00 +0000</lastBuildDate>
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	<title>sentencia constitucional archivos - La Patria Bolivia | Periódico digital</title>
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		<title>TSE en sesión permanente tras sentencia constitucional sobre reelección</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Patria]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Jan 1970 00:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Evo Morales]]></category>
		<category><![CDATA[reelección]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[TSE]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Funcionarios del Tribunal Constitucional Plurinacional notifican oficialmente sobre la sentencia que limita las candidaturas presidenciales, creando tensión en el ambiente político.</p>
<p>La entrada <a href="https://lapatria.bo/actualidad/tse-en-sesion-permanente-tras-sentencia-constitucional-sobre-reeleccion/">TSE en sesión permanente tras sentencia constitucional sobre reelección</a> se publicó primero en <a href="https://lapatria.bo">La Patria Bolivia | Periódico digital</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El Tribunal Supremo Electoral (TSE) se encuentra en sesión permanente para abordar la sentencia constitucional 007/2025, que inhabilita a Evo Morales. Esta notificación fue entregada oficialmente el viernes 16 de mayo de 2025.</p>
<p>El secretario del TSE, Luis Arriaga, comentó: &#8220;Simplemente es que la Sala Plena tome conocimiento y seguramente va a hacer alguna evaluación o análisis, consideración que oportunamente se va a dar a conocer. La Sala Plena está en sesión permanente, puede sesionar cualquier día, cuando dispongan las autoridades&#8221;.</p>
<h3>Notificación del Tribunal Constitucional</h3>
<p>Unos minutos antes de las 11:00 horas, dos funcionarios del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) llegaron a la sede del TSE en La Paz para entregar la notificación oficial. Esta establece que, bajo ninguna circunstancia, se puede ejercer más de dos veces el cargo electo de presidente y vicepresidente, ya sea de forma continua o discontinua.</p>
<p>Arriaga añadió: &#8220;En horas de la mañana, funcionarios del Tribunal Constitucional Plurinacional han procedido a notificarnos con la sentencia constitucional 007/2025 y esto va a pasar en su conducto normal, a conocimiento de la Sala Plena&#8221;.</p>
<h3>Presión de los seguidores de Morales</h3>
<p>Respecto a la presión que ejercen los seguidores de Morales para inscribir su candidatura, el secretario del TSE indicó que ellos no pueden ingresar al tribunal. Solo los delegados de los partidos están facultados para entrar al recinto.</p>
<p>Arriaga explicó: &#8220;Es común en estos procesos de candidaturas que los partidos vienen acompañados de militantes, de simpatizantes. Ellos no pueden ingresar al tribunal, solo los delegados políticos y, en algún caso, algún delegado técnico, tomando en cuenta que es posible que requieran alguna asistencia para la impresión de la lista de candidaturas o algún tema técnico que haya que resolver&#8221;.</p>
<h3>Protestas en la sede del TSE</h3>
<p>Pasadas las 14:30 horas, una caravana de seguidores de Evo Morales llegó hasta Sopocachi e intentó rebasar el control policial para acceder a la sede del TSE.</p>
<p><strong>/KMMN</strong></p>
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		<title>A pesar de sentencia que lo inhabilita, evistas insisten en que Morales puede participar en las elecciones</title>
		<link>https://lapatria.bo/actualidad/a-pesar-de-sentencia-que-lo-inhabilita-evistas-insisten-en-que-morales-puede-participar-en-las-elecciones/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Patria]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Jan 1970 00:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[elecciones 2025]]></category>
		<category><![CDATA[Evo Morales]]></category>
		<category><![CDATA[Movimiento Al Socialismo]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia constitucional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La habilitación de Evo Morales para participar en las elecciones del 17 de agosto fue defendida por asambleístas y un exmagistrado del Tribunal Constitucional.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>A pesar de que existe una sentencia constitucional que inhabilita a Evo Morales a postular a la presidencia en las elecciones generales del 17 de agosto de 2025, para algunos asambleístas del Movimiento Al Socialismo (MAS) y el exmagistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Orlando Ceballos, si puede candidatear, según afirmaron durante una conferencia de prensa realizada el lunes 14 de abril.</p>
<h3>Declaraciones de Orlando Ceballos</h3>
<p>Ceballos afirmó que no existe ninguna disposición legal que impida la candidatura de Morales. Aseguró que toda inhabilitación o habilitación debe ser determinada exclusivamente por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), una vez que se publique el calendario electoral y se emita la convocatoria correspondiente.</p>
<p>Hasta ese momento, ningún ciudadano boliviano puede ser considerado inhabilitado. El exmagistrado aseguró que Evo Morales cumple con todos los requisitos establecidos por el artículo 234 de la Constitución, como ser boliviano de origen, haber cumplido la mayoría de edad, estar registrado en el padrón electoral, hablar al menos dos idiomas oficiales y no tener sentencia ejecutoriada ni pliego de cargo pendiente, sin embargo existe una sentencia constitucional que determina que el exmandatario no puede presentarse a las elecciones. </p>
<h3>Sentencia constitucional 1010</h3>
<p>Con relación a la sentencia constitucional 1010 emitida por el TCP, Ceballos aclaró que se trata de un fallo producto de una acción de amparo que solo tiene efectos entre las partes involucradas y no posee carácter general ni vinculante para otras instituciones, algo que ha sido refutado desde distintas instancias. </p>
<p>Cuestionó también el uso de la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como argumento para impedir la candidatura de Morales, señalando que dicha opinión no tiene fuerza legal obligatoria y se refiere únicamente a la reelección presidencial continua.</p>
<p>Sin eembargo la sentencia constitucional establece que ninguna persona puede ser reelegida más de una vez, ya sea de manera continua o discontinua, y como Morales ya estuvo 3 períodos en la presidencia, su candidatura no es posible. </p>
<h3>Orden de aprehensión</h3>
<p>Ceballos fue enfático en señalar que una orden de aprehensión no constituye causal de inhabilitación. La Constitución establece como impedimento la existencia de una sentencia penal condenatoria ejecutoriada pendiente de cumplimiento, situación que no se da en este caso.</p>
<p>LDVY</p>
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		<item>
		<title>TSE reconocerá a Gerardo García como presidente del MAS tras sentencia del TCP</title>
		<link>https://lapatria.bo/actualidad/tse-reconocera-a-gerardo-garcia-como-presidente-del-mas-tras-sentencia-del-tcp/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Patria]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Jan 1970 00:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Evo Morales]]></category>
		<category><![CDATA[Movimiento Al Socialismo]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[TSE]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Tribunal Supremo Electoral validará la elección de Gerardo García como líder del Movimiento Al Socialismo, generando controversia entre Evo Morales y sus seguidores.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha decidido reconocer a Grover García como el nuevo presidente del Movimiento Al Socialismo (MAS). Esta determinación surge tras la emisión de la Sentencia Constitucional 0776/2024 por parte de la Sala Cuarta del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) el 14 de noviembre. Esta sentencia valida el congreso que se llevó a cabo en El Alto, donde García fue elegido.</p>
<p>La decisión ha suscitado controversia entre Evo Morales y sus seguidores, quienes han perdido el control del partido. Este cambio en la dirección del MAS ha generado tensiones internas, ya que Morales ha sido una figura clave en la política boliviana durante años.</p>
<h3>Normativa sobre partidos políticos</h3>
<p>Según la normativa que regula los partidos políticos en Bolivia, el TSE es la entidad máxima encargada de reconocer la legalidad y legitimidad de una organización política. Por lo tanto, el TSE deberá analizar el fallo del TCP para formalizar el reconocimiento de García como el nuevo líder del MAS.</p>
<p>La vocal Nelly Arista ha comentado que “ahora vamos a ver los criterios de cada uno de los vocales en la próxima Sala Plena, pero esta vocal sí va a reconocer, conforme a la sentencia, al presidente elegido en El Alto”. Esto indica que el proceso de validación está en marcha y se espera que se tomen decisiones en un futuro cercano.</p>
<h3>Cumplimiento de la sentencia</h3>
<p>La autoridad electoral también ha señalado que la Sentencia Constitucional debe ser cumplida por todas las partes involucradas, tanto las que han accionado como las que han sido accionadas. El TSE solo tiene la competencia de mecanizar el fallo, lo que significa que su papel es garantizar que se lleve a cabo lo dictado por el TCP.</p>
<p>La Sala Cuarta del TCP emitió su veredicto en un contexto donde Grover García fue electo como presidente del MAS durante un congreso en El Alto. Este proceso ha sido rechazado por Evo Morales y sus seguidores, quienes ahora se encuentran en una posición de desventaja frente a los detractores afines al presidente del Estado, Luis Arce.</p>
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		<item>
		<title>Sala Constitucional exige cumplimiento de sentencia y reconocimiento de Aguilera como Gobernador de Santa Cruz</title>
		<link>https://lapatria.bo/enfoque-nacional/gestion/sala-constitucional-exige-cumplimiento-de-sentencia-y-reconocimiento-de-aguilera-como-gobernador-de-santa-cruz/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Patria]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Jan 1970 00:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gestión]]></category>
		<category><![CDATA[Gobernador de Santa Cruz]]></category>
		<category><![CDATA[Mario Aguilera]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Zvonko Matkovic]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia ha instado al presidente de la Asamblea Legislativa Departamental, Zvonko Matkovic, a cumplir con la Sentencia Constitucional 1021/2023-S4 para que Mario Aguilera asuma la Gobernación de Santa Cruz.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia ha instado al presidente de la Asamblea Legislativa Departamental, Zvonko Matkovic, a cumplir con la Sentencia Constitucional 1021/2023-S4. Dicha sentencia se refiere a la posesión de Mario Aguilera como Gobernador de Santa Cruz en calidad de suplente legal.</p>
<p>El documento, firmado por los vocales Juan José Subieta y David Valda, también solicita que Aguilera sea reconocido en su nuevo cargo por todos los órganos e instituciones públicas mientras el titular, Luis Fernando Camacho, se encuentra recluido en la cárcel de Chonchocoro.</p>
<p>En el pronunciamiento se señala que se ordena la intervención de la fuerza pública si es necesario, según lo establecido por el artículo 17, párrafo II del Código Procesal Constitucional.</p>
<h3>Persiste amenaza legal ante incumplimiento</h3>
<p>Además, el documento agrega que si no se cumple con la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 1021/2023-S4 en un plazo de 24 horas, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público mediante secretaría.</p>
<p>Tanto Matkovic como representantes de la Gobernación cruceña descartaron la posibilidad de que Aguilera pueda asumir como Gobernador. Consideran que Camacho, pese a estar recluido, puede ejercer sus funciones sin problemas.</p>
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		<item>
		<title>Sentencia Constitucional declara ilegal resolución que designó a Oswaldo Olivera como alcalde de Oruro</title>
		<link>https://lapatria.bo/enfoque-nacional/gestion/sentencia-constitucional-declara-ilegal-resolucion-que-designo-a-oswaldo-olivera-como-alcalde-de-oruro/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Patria]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Jan 1970 00:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gestión]]></category>
		<category><![CDATA[Concejo Municipal Oruro]]></category>
		<category><![CDATA[Oswaldo Olivera]]></category>
		<category><![CDATA[Proceso penal]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia constitucional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El concejal José Flores, informó que el Concejo Municipal de Oruro (CMO), consideró la Sentencia Constitucional que existe en Sucre en la cual se declara que la elección de Olivera como alcalde por parte de los ediles de la gestión anterior fue ilegal.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Sentencia Constitucional del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró ilegal la resolución de la Sala Constitucional de Oruro por la cual Saúl Aguilar fue reemplazado por Oswaldo Olivera como alcalde de la ciudad de Oruro.</p>
<p>El concejal José Flores, informó que el Concejo Municipal de Oruro (CMO), consideró la Sentencia Constitucional que existe en Sucre en la cual se declara que la elección de Olivera como alcalde por parte de los ediles de la gestión anterior fue ilegal.</p>
<p>En ese sentido, la recomendación de la Dirección de Asuntos Jurídicos del CMO, es iniciar un proceso penal enmarcado dentro la ley por incumplimiento de deberes por el daño que se hubiese ocasionado al municipio.</p>
<p>&#8220;Fue un pasanaku que ha generado mucho daño a Oruro, ese tema que es cosa juzgada en Sucre y ha llegado a Oruro y no tenemos otra que instruir las denuncias, se ha determinado remitir una minuta de comunicación al Ejecutivo para que pueda apersonarse al Ministerio Público para continuar con este tema&#8221;, manifestó Flores.</p>
<p>En ese mismo tema, el concejal Jesús Cruz aseveró que se espera un informe para presentar ante el Ministerio Público para que la Justicia se haga cargo y se aclaran las irregularidades en anteriores gestiones.</p>
<p>&#8220;Creo que habrá más sorpresas porque mucha de esta documentación en cuanto a las obras grandes del municipio han sido derivadas a la Contraloría y con documentos a la mano vamos a demostrar que tipo de malversación de fondos ha existido en nuestro municipio durante el pasanaku de las diferentes autoridades&#8221;, sostuvo Cruz.</p>
<p>Asimismo, señaló que el Movimiento al Socialismo (MAS), junto al alcalde Adhemar Wilcarni jamás entrará en este tipo de situaciones, teniendo el objetivo y compromiso de trabajar por Oruro y mostrar unidad para el desarrollo.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Descartan tipos penales de sedición y conspiración, pero seguirán con el de terrorismo en el caso Golpe I</title>
		<link>https://lapatria.bo/enfoque-nacional/denuncia/descartan-tipos-penales-de-sedicion-y-conspiracion-pero-seguiran-con-el-de-terrorismo-en-el-caso-golpe-i/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Patria]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Jan 1970 00:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Denuncia]]></category>
		<category><![CDATA[Delito de terrorismo]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscal Carmelo Laura]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación penal]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia constitucional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los tipos penales de sedición y conspiración en el caso denominado Golpe de Estado I, fueron descartados mediante una resolución de rechazo, sin embargo, seguirá adelante la investigación por el delito de terrorismo, informaron en recientes horas desde la Fiscalía. La información fue proporcionada por el fiscal Carmelo Laura, quien indicó que la decisión surge [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Los tipos penales de sedición y conspiración en el caso denominado Golpe de Estado I, fueron descartados mediante una resolución de rechazo, sin embargo, seguirá adelante la investigación por el delito de terrorismo, informaron en recientes horas desde la Fiscalía.</p>
<p>La información fue proporcionada por el fiscal Carmelo Laura, quien indicó que la decisión surge por una sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional.</p>
<p>La Sentencia Constitucional 004/2022 expulsa del ordenamiento jurídico al delito de sedición; sin embargo, mantuvo vigente el de terrorismo, a pesar que está cuestionado por organismos internacionales por la vaguedad en su definición. Esa decisión también afectó al delito de conspiración, puesto que está conectado al de sedición.</p>
<p>El fiscal Laura indicó que, por esa sentencia, ya no se puede hacer la persecución penal por los delitos de sedición y conspiración, pero la investigación continúa y está en etapa preliminar por el tipo penal de terrorismo.</p>
<p>El caso Golpe I se inició a finales de 2020 por denuncia de la exdiputada del Movimiento Al Socialismo (MAS), Lidia Patty, quien acusó a Luis Fernando Camacho, su padre y exjefes militares y de la Policía por los hechos de 2019 que llevaron a la renuncia de Evo Morales.</p>
<p>Posteriormente, se amplió el caso contra otras personas como Jeanine Áñez, a quien se detuvo en marzo de 2021.</p>
<p>/MDCB</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Ministra de la Presidencia asegura que violadores y feminicidas ya no serán liberados</title>
		<link>https://lapatria.bo/enfoque-nacional/denuncia/ministra-de-la-presidencia-asegura-que-violadores-y-feminicidas-ya-no-seran-liberados/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Patria]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Jan 1970 00:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Denuncia]]></category>
		<category><![CDATA[Comisión de Revisión]]></category>
		<category><![CDATA[María Nela Prada]]></category>
		<category><![CDATA[Ministra de la Presidencia]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia constitucional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La autoridad informó sobre los logros de la Comisión de Revisión de Casos de Violación y Feminicidio que fue conformada a petición del Presidente del Estado.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Un juez, en complicidad con malos servidores públicos y consorcios delincuenciales de abogados, ya no liberarán a feminicidas o violadores con el pretexto de padecimiento de alguna enfermedad terminal, así lo informó la ministra de la Presidencia, María Nela Prada, la presente jornada al mismo tiempo de anunciar la emisión de la primera Sentencia Constitucional de Avocación.</p>
<p>La declaración de la autoridad fue en alusión a los resultados de la Comisión de Revisión de Casos de Violación y Feminicidio.</p>
<p>“Hemos querido, a través de una serie de acciones, evitar que estas cosas se repitan y en ese marco se ha emitido una sentencia histórica, la primera Sentencia Constitucional de Avocación, que determina de manera firme que ningún juez libere a un feminicida o a un violador, bajo el pretexto de enfermedad terminal”, manifestó la autoridad gubernamental.</p>
<p>Prada explicó que varios delincuentes recurrieron a ese recurso para salir en libertad, recibiendo la ayuda de malos administradores de justicia.</p>
<p>Asimismo, la autoridad recordó que la Comisión de Revisión de Casos de Violación y Feminicidio culminó sus tareas con la destitución de diez jueces y ocho fiscales, la recaptura de 21 personas, entre feminicidas y violadores, además de que el 100 por ciento de juzgados de ejecución penal y disciplinarios del país fueron intervenidos, según informó la Agencia Boliviana de Información.</p>
<p>“Quince de los 18 jueces de ejecución penal están siendo procesados, ya sea por la vía administrativa o por la vía penal, y diez de ellos han sido destituidos. Estos son resultados, sin lugar a duda, muy importantes porque es la primera vez que se da este tipo de intervención y de acción inmediata en el Órgano Judicial”, explicó Parra.</p>
<p>El 1 de febrero de 2022 el Presidente Luis Arce instruyó la formación de la comisión como respuesta inmediata a la crisis provocada por la “ola” de violencia hacia las mujeres y denuncias por casos de prevaricato en beneficio de feminicidas.</p>
<p>Trabajaron en conjunto los ministerios de la Presidencia, Justicia y Gobierno; Cámaras de Senadores y Diputados; Tribunal Supremo de Justicia, Consejo de la Magistratura, Tribunal Constitucional Plurinacional, Comité de Género del Órgano Judicial, Fiscalía General del Estado, Procuraduría General del Estado, Policía y Defensoría del Pueblo.</p>
<p>/ LMPT</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Diputado de CC anuncio que si no se anula la sentencia de repostulación que favoreció a Evo, demandara al Estado</title>
		<link>https://lapatria.bo/enfoque-nacional/gestion/diputado-de-cc-anuncio-que-si-no-se-anula-la-sentencia-de-repostulacion-que-favorecio-a-evo-demandara-al-estado/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Patria]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Jan 1970 00:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gestión]]></category>
		<category><![CDATA[Comunidad Ciudadana]]></category>
		<category><![CDATA[derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Marcelo Pedrazas]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia constitucional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Corte Interamericana de Derechos Humanos en agosto de 2021, concluyó que “la reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana de Derechos Humanos.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Marcelo Pedrazas diputado de Comunidad Ciudadana afirmó que demandará al Estado boliviano si no se anula la sentencia constitucional que posibilito la repostulación indefinida de autoridades electas y por la que se favoreció al ex presidente Evo Morales para candidatear en la gestión 2019 a un cuarto mandato.</p>
<p>“Si no logramos que esta sentencia se deje sin efecto, vamos a demandar al Estado boliviano ante los organismos internacionales, más aún cuando existe la opinión consultiva que dice de manera taxativa que no es un derecho humano la reelección”, afirmó el diputado.</p>
<p>Además informo que se apelará la decisión de una sala constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca que rechazó una Acción Popular que planteaba la anulación de la sentencia constitucional 084/2017, que declaró como derecho humano la repostulación a cargos electos.</p>
<p>“Los vocales Juan Carlos Mendoza y René Conde consideran que la reelección si es un derecho humano. Por lo que hemos sido notificados con el rechazo a la Acción Popular que tenía como único objetivo reparar el daño que Evo Morales ha hecho a todos los bolivianos. Estos vocales, deciden no reconocer el recurso presentado; sin embargo, nosotros vamos a presentar una impugnación”, sostuvo Pedrazas quien también adelantó que acudirá al Tribunal Constitucional Plurinacional.</p>
<p>El ex presidente Evo Morales y vicepresidente Álvaro García Linera se beneficiaron con una sentencia constitucional que avaló su repostulación de ambos, en búsqueda de un cuarto mandato en el año 2019; pero por el presunto fraude electoral y conflictos sociales tuvieron que renunciar al cargo.</p>
<p>La Corte Interamericana de Derechos Humanos en agosto de 2021, concluyó que “la reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana de Derechos Humanos ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos”. La opinión consultiva ante este mecanismo internacional fue planteada por el expresidente de Colombia, Iván Duque.</p>
<p>En la gestión 2017 una sentencia permitió la repostulación de autoridades electas, la acción jurídica del partido gobernante se dio luego que la propuesta por el NO del referéndum del 21 de febrero de 2016 en nuestro país rechazó la intención de modificar la ley fundamental para habilitar a Evo Morales.</p>
<p>/HNF/</p>
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