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	<title>Alivio económico archivos - La Patria 3.0 | Periódico digital de Bolivia</title>
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	<description>Conectamos más de 100 años de tradición con la vanguardia digital. La Patria 3.0: noticias de Bolivia, ePaper y análisis profundo en la plataforma digital más moderna del país</description>
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		<title>Senado sanciona ley que suspende embargos y difiere créditos por seis meses</title>
		<link>https://lapatria.bo/enfoque-nacional/senado-sanciona-ley-que-suspende-embargos-y-difiere-creditos-por-seis-meses/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Patria]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Jan 1970 00:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Enfoque nacional]]></category>
		<category><![CDATA[Gestión]]></category>
		<category><![CDATA[Alivio económico]]></category>
		<category><![CDATA[créditos de vivienda]]></category>
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		<category><![CDATA[Suspensión de embargos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Este miércoles se aprobó una ley que suspende embargos y ofrece un periodo de gracia en pagos para créditos de vivienda y pequeñas empresas.</p>
<p>La entrada <a href="https://lapatria.bo/enfoque-nacional/senado-sanciona-ley-que-suspende-embargos-y-difiere-creditos-por-seis-meses/">Senado sanciona ley que suspende embargos y difiere créditos por seis meses</a> se publicó primero en <a href="https://lapatria.bo">La Patria 3.0 | Periódico digital de Bolivia</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La Cámara de Senadores aprobó este miércoles 15 de octubre de 2025 una nueva ley que suspende embargos, remates y otras medidas judiciales por un periodo de seis meses. Además, establece un periodo de gracia para el pago de créditos destinados a la vivienda de interés social y a micro y pequeñas empresas. Esta norma ha sido enviada al Órgano Ejecutivo para su promulgación.</p>
<h3>Detalles de la ley</h3>
<p>La ley, identificada como Ley 547/2024-2025, lleva por nombre “Ley excepcional de suspensión temporal de embargos y ejecución de sentencias de procesos judiciales por créditos de vivienda de interés social y diferimiento de créditos otorgados para vivienda de interés social y créditos a las unidades económicas de tamaño micro y pequeña”.</p>
<p>De acuerdo con el texto aprobado, las entidades financieras están obligadas a otorgar automáticamente la pausa en los pagos. Esta pausa incluye el capital, intereses, seguros, comisiones y otros cargos relacionados.</p>
<h3>Suspensión de embargos</h3>
<p>El primer parágrafo del artículo dos establece que durante este periodo de seis meses quedarán suspendidas las órdenes judiciales de embargo y la ejecución de sentencias vinculadas a los créditos mencionados. El artículo 3 complementa esta disposición, indicando que las entidades de intermediación y arrendamiento financiero deberán conceder el periodo de gracia a los prestatarios beneficiados.</p>
<p>La norma también aclara que, si los prestatarios deciden continuar con el pago de sus cuotas durante el periodo de gracia, tienen la opción de hacerlo de manera voluntaria a través de los mecanismos habilitados por las instituciones financieras.</p>
<h3>Comentarios de los senadores</h3>
<p>Durante la sesión, la senadora Gladys Alarcón, quien presidió la plenaria, destacó que la Cámara Alta cumplió con el tratamiento legislativo. Ahora, corresponde al Ejecutivo decidir sobre la promulgación de la ley.</p>
<p>Por su parte, el senador Pedro Benjamín Vargas, miembro de la Comisión de Planificación, mencionó que esta medida beneficiará a aproximadamente 1,4 millones de prestatarios que se encuentran en procesos judiciales o enfrentando dificultades de pago.</p>
<h3>Impacto de la ley</h3>
<p>El proyecto fue aprobado en ambas cámaras, tanto en grande como en detalle, y tiene como objetivo ofrecer un alivio temporal a los sectores más afectados por la actual situación económica. La aplicación de la ley será inmediata una vez que se publique en la Gaceta Oficial del Estado.</p>
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