Ficha informativa
El Presidente Rodrigo Paz promulgó el 7 de febrero de 2026 la Ley Nº 1709, que extiende de tres a seis meses el arraigo administrativo para exautoridades en Bolivia, con el objetivo de garantizar la rendición de informes y proteger los intereses del Estado.
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Contexto:
La Ley 1709 fue sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y modifica la Ley 1352. La contralora general del Estado, Sandra Quiroga, enfatizó que “todo servidor público debe rendir cuentas al Estado”.
La norma se aplica a todas las autoridades de alto rango, incluyendo al binomio presidencial, ministros, gobernadores, alcaldes, asambleístas y concejales. También abarca a las Máximas Autoridades Ejecutivas (MAE) de empresas públicas y entidades privadas que administren recursos fiscales.
Por qué importa:
La ley establece un control más rígido sobre los activos y decisiones de exautoridades, desincentivando el abandono del país por parte de quienes podrían enfrentar procesos de rendición de cuentas. Esto refuerza la responsabilidad en la administración de recursos públicos.
Datos clave:
- Fecha de promulgación: 7 de febrero de 2026
- Número de ley: Ley Nº 1709
- Plazo de arraigo: Seis meses
- Plazo anterior: Tres meses
- Número de instituciones fiscalizadas: 120
- Número de empresas estatales fiscalizadas: 50
Promulgación de la Ley 1709
El Presidente Rodrigo Paz Pereira promulgó el 7 de febrero de 2026 la Ley Nº 1709, que amplía de tres a seis meses la obligación de permanencia en territorio nacional para exautoridades del Estado y de entidades territoriales autónomas.
Objetivos de la Ley
Esta norma, sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), busca garantizar la rendición de informes y proteger los intereses del Estado. Además, modifica la Ley 1352 para establecer que cualquier autoridad de alto rango, ya sea por cese de mandato o destitución, debe permanecer en el territorio nacional durante un lapso de seis meses. Este cambio duplica el tiempo de arraigo administrativo que regía anteriormente.
Blindaje a la gestión pública
El núcleo de esta ley radica en el blindaje de la gestión pública y la transparencia estatal. Al ampliar el plazo a medio año, el Estado busca asegurar que las autoridades entrantes dispongan del tiempo suficiente para auditar las gestiones pasadas y requerir informes presenciales. Esta disposición actúa como un mecanismo preventivo para evitar que exfuncionarios evadan eventuales responsabilidades administrativas o investigaciones judiciales vinculadas a hechos de corrupción y malversación de fondos públicos.
Alcance y aplicación
La Ley 1709 es de aplicación integral y no admite excepciones dentro de la estructura del Estado. El mandato de permanencia obligatoria recae sobre:
- Binomio presidencial (Presidente y Vicepresidente)
- Ministros de Estado
- Gobernadores
- Alcaldes
- Asambleístas Nacionales y Departamentales
- Concejales Municipales
- Máximas Autoridades Ejecutivas (MAE) de empresas públicas e instituciones mixtas
- Entidades privadas que administren recursos fiscales
Proceso legislativo rápido
Tras ser remitido por la Cámara de Diputados hace apenas tres días, el Senado Nacional sancionó el proyecto durante una sesión virtual de emergencia. Esta rapidez refleja la urgencia política de establecer un control más rígido sobre los activos y las decisiones tomadas por quienes manejan los intereses del Estado boliviano.
Fiscalización actual
La Contraloría General actualmente fiscaliza a 120 instituciones y 50 empresas estatales por la gestión del expresidente Arce. La contralora general del Estado, Sandra Quiroga, enfatizó que “todo servidor público debe rendir cuentas al Estado”, resaltando la importancia de esta obligación en la función pública (Informó fmbolivia).
Impacto en la función pública
Finalmente, la promulgación de la Ley 1709 marca un hito en la fiscalización de la función pública en el país. Al establecer este periodo de “espera forzosa” de seis meses, se busca desincentivar el abandono del país por parte de aquellas autoridades que pudieran ser objeto de procesos de rendición de cuentas. Esto ratifica el principio de que la administración de recursos públicos conlleva una responsabilidad que trasciende el periodo de funciones.
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