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Evo Morales no podrá postularse nuevamente, confirma el TCP

El expresidente Evo Morales / APG Archivo
El Tribunal Constitucional Plurinacional ratifica la prohibición de reelección del expresidente Evo Morales y otros políticos. Descubre los detalles de la resolución.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ha confirmado que el expresidente Evo Morales no podrá postularse nuevamente a las elecciones generales. Esta decisión se basa en la ratificación de la sentencia 1010/2023 mediante el auto constitucional 0083/2024 ECA. La resolución también afecta a otros políticos, como Johnny Fernández y Rubén Costas, quienes no podrán buscar la reelección en sus respectivos cargos. Esta decisión fue emitida en respuesta a una solicitud de aclaración presentada por el diputado José Carlos Gutiérrez Vargas en el marco de una acción de amparo constitucional.

Detalles del auto constitucional

El TCP emitió el auto constitucional 0083/2024 ECA, que se refiere a la solicitud de enmienda y complementación de la Sentencia Constitucional Plurinacional 1010/2023-S4, dictada el 28 de diciembre. En este contexto, se ha determinado que “el periodo de mandato de los representantes nacionales se sujetará a las reglas constitucionales señaladas en el mismo, siendo posible para los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial el ejercicio de dicho mandato por dos periodos similares”.

Limitaciones a la reelección

Con este auto constitucional, el TCP ratifica su sentencia 1010/2023 y confirma que Evo Morales, así como cualquier autoridad que haya ejercido un cargo nacional, departamental o municipal, solo podrá ejercer por dos mandatos, ya sean continuos o discontinuos. Además, esta sentencia también afecta a otras figuras políticas. Entre ellas se encuentran Johnny Fernández, quien no podrá postularse nuevamente a la alcaldía de Santa Cruz, y Rubén Costas, quien no podrá buscar la reelección a la Gobernación cruceña.

Otros políticos afectados

Asimismo, otros políticos como Ernesto Suárez y Juan del Granado se verán impedidos de postularse nuevamente a los cargos que previamente ocuparon. El TCP ha aclarado que “ninguna autoridad electa que hubiera superado dos candidaturas anteriores podrá candidatear y menos ejercer el cargo de Presidente”.

Acceso a la información

Se trata del auto constitucional 0083/2024 ECA, al que accedió este viernes Correo del Sur, y que ya fue notificado a las partes involucradas. Con este documento, la Sala Cuarta del Tribunal Constitucional responde a una solicitud de enmienda, complementación y aclaración presentada por el diputado José Carlos Gutiérrez.


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