El presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, se desvinculó este martes 8 de octubre de la controversia relacionada con el proyecto de ley que busca eliminar el delito de estupro del Código Penal. Esta situación se produce en un contexto donde se investiga a Evo Morales por la posible comisión de dicho delito.
Rodríguez aclaró que su papel se limitó a enviar una nota a la Cámara de Diputados. Además, destacó que la iniciativa fue presentada por la senadora de Comunidad Ciudadana (CC), Andrea Barrientos. Es importante mencionar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ya había instado a eliminar este delito, argumentando que minimiza la gravedad de la violencia sexual contra menores.
Detalles del proyecto de ley
La norma en cuestión se denomina «Incorporación del tipo penal de Violación Incestuosa, Eliminación del Estupro y el Reconocimiento de la falta de Consentimiento como elemento constitutivo del Delito de Violación para garantizar el acceso a la Justicia». Este proyecto de ley fue aprobado en el Senado el 12 de abril de 2024. En esa ocasión, Andrónico calificó esta norma como “muy importante” en una publicación en su cuenta de X.
El proyecto de ley plantea la eliminación del tipo penal de estupro, lo que significaría que la comisión de ese delito se tipificaría directamente como violación.
Consecuencias de la eliminación
Actualmente, el tipo penal de estupro castiga con 3 a 6 años de cárcel a quienes tengan relaciones sexuales con adolescentes mayores de 14 años y menores de 18. Si se aprueba el proyecto de ley, la sanción por violación contra menores de 18 años ascendería a 20 a 25 años de cárcel, independientemente de que se alegue consentimiento.
La Corte IDH ha establecido que el Estado debe eliminar el tipo penal de estupro de su ordenamiento jurídico, advirtiendo que este delito disminuye la gravedad de la violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes.
Dictamen de la Corte IDH
El dictamen de la Corte se encuentra en el Caso Angulo Losada, cuya sentencia fue emitida en 2022. En su fallo, el Tribunal advierte que el delito de estupro se basa en tradiciones y estereotipos de género. Además, no identifica las condiciones de vulnerabilidad de la víctima, encubre relaciones de poder y crea una jerarquía entre delitos sexuales que minimiza, invisibiliza y naturaliza la gravedad de la violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes.
La adecuación normativa mencionada implica que el tipo penal de violación protegería los bienes jurídicos que actualmente son tutelados por el tipo penal de estupro.