Después de que la Defensoría del Pueblo interpusiera un recurso de Acción Popular contra tres ministerios, tres gobernaciones y cerca de 20 municipios, se ha logrado un fallo favorable en la justicia. Este fallo establece un plazo de 3 meses para que las entidades mencionadas presenten resultados sobre la gestión de los incendios forestales.
Reconocimiento de derechos
Un aspecto importante de esta decisión judicial es que los animales silvestres serán reconocidos como «sujetos de derecho». Esto se debe a una resolución extensa emitida por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia.
Adrián Zárate, especialista en Asuntos Constitucionales de la Defensoría, explicó que este reconocimiento se basa en la necesidad de proteger el medioambiente y a la Madre Tierra, que alberga una rica biodiversidad. «La Sala Constitucional Segunda ha determinado medidas cautelares en favor de los animales afectados por los incendios, reconociéndolos como sujetos de derecho», afirmó Zárate.
Implementación de políticas públicas
El segundo punto de la resolución establece que el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, junto con los gobiernos departamentales y municipales involucrados, deben implementar normativas que permitan crear políticas públicas para restaurar los ecosistemas dañados. Esta acción es fundamental para salvaguardar los derechos a la vida y a la diversidad de la flora y fauna.
Las autoridades deberán llevar a cabo estas acciones dentro de sus competencias en un plazo máximo de 3 meses. Se deberán considerar pausas ecológicas si es necesario y priorizar áreas como parques nacionales, reservas forestales y zonas naturales protegidas.
Protección de especies en peligro
Asimismo, el cumplimiento de estas políticas deberá enfocarse en proteger las especies en peligro de extinción. El Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, será responsable de supervisar la ejecución de estas acciones, junto con las autoridades indígena-originarias campesinas y otras organizaciones sociales pertinentes.
Informes de avance
La Sala Constitucional Segunda ha establecido un plazo adicional para que las entidades implicadas informen sobre el avance y ejecución de los planes de restauración. Este informe deberá presentarse al menos 2 veces al año a la Defensoría del Pueblo y a las organizaciones sociales.