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Cuba suspende otra vez en derechos humanos

A pesar de las recomendaciones internacionales anteriores, Cuba no ratificó pactos internacionales de derechos humanos/Latinoamérica21
Por tanto, es posible afirmar que Cuba está suspendida en este EPU. Siempre lo ha estado, pero quizás hoy sea más evidente que sus autoridades no tienen compromiso alguno con el aseguramiento de los derechos más elementales de sus ciudadanos.

Raudiel F. Peña Barrios/Latinoamérica21

El próximo 15 de noviembre se desarrollará el cuarto ciclo del Examen Periódico Universal (EPU) de Cuba ante el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas. Este ejercicio ocurrirá en un contexto nefasto para los derechos humanos en el país. A la habitual política restrictiva de los derechos civiles y políticos se suma la desprotección de los económicos, sociales y culturales, los cuales durante mucho tiempo fueron la carta de presentación del Estado cubano ante la comunidad internacional. Por ello, es posible afirmar que el gobierno desaprueba este examen, a pesar de no haber comenzado aún.

Durante el EPU anterior, en 2018, las autoridades cubanas anotaron 18 recomendaciones relacionadas con los obstáculos legislativos para el disfrute de los derechos humanos. Estas recomendaciones incluyeron la ratificación de los pactos internacionales de Derechos Civiles y de Derechos Económicos Sociales y Culturales, así como la firma y ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. No obstante, en la actualidad no se han ratificado estos instrumentos jurídicos internacionales.

A esto se suma que en la Constitución cubana de 2019 se mantiene la unidad de poderes, lo cual anula los contrapesos al gobierno de los poderes judicial, legislativo y electoral. El Partido Comunista de Cuba (PCC) es único y se reconoce como la fuerza superior y dirigente de la sociedad y el Estado. Esto significa que se mantiene al margen de la ley, pues no existen mecanismos de control sobre su estructura y funcionamiento.

La élite del PCC se ha asegurado que la actividad legislativa en el país responda a sus intereses. Así, en 2018 se aprobó el Decreto ley No. 370, en el cual se prohíbe la difusión de información “contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas”. Además, en el año 2021 se aprobó el Decreto ley No. 35, el cual, junto con otras disposiciones normativas, conforma el marco jurídico sobre telecomunicaciones.

Este paquete legislativo habilita la persecución de personas que utilizan las redes sociales con fines ciudadanos y sociopolíticos. Por ello, se prohíbe “utilizarlas para atentar contra la seguridad y el orden interior del país”, para “transmitir informes o noticias falsas” o en “acciones dirigidas a ocasionar afectaciones o perjuicios a terceros y como medio para cometer actos ilícitos”. También se advierte de que no son utilizables para generar o transmitir información que afecte “el bienestar general, la moralidad pública y el respeto al orden público”. Esto implica que no es posible ejercer la libertad de expresión en contra de los intereses del Estado.

La vigencia de ambos decretos leyes permite a las autoridades controlar el ciberespacio con base en la discriminación política y restringir la libertad de expresión en las redes sociales sin respetar los estándares internacionales en la materia. Asimismo, se pretende someter a los ciudadanos al discurso del PCC sobre la realidad del país, con represalias de multas y la confiscación de los medios de trabajo de activistas, periodistas y artistas independientes, así como opositores políticos.

Por otra parte, en julio de 2019 se aprobó la Ley No. 127, Ley Electoral, que mantiene la naturaleza autocrática de las elecciones en Cuba. Esta legislación no permite la libre competencia electoral entre diferentes fuerzas políticas y subordina el sistema electoral al control del PCC y de las organizaciones de masas que operan como sus poleas de transmisión. Los ciudadanos solo nominan y eligen directamente a los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular. En el caso de los diputados a la ANPP, se eligen a los candidatos propuestos por las comisiones de candidaturas.

Según el contenido de dicha ley, la participación política depende de que un ciudadano esté habilitado para ejercer sus derechos civiles y políticos. Esto no es relevante si se tratara de un régimen democrático. Pero en Cuba los derechos civiles y políticos se pierden por discrepar con el gobierno. De ahí que el espectro de participación se reduce a aquellos ciudadanos alineados con los intereses del Estado y, sobre todo, de la élite del PCC.

Luego, se aprobó el nuevo Código Penal en 2022, en el cual se tipifican delitos que anulan el ejercicio de las libertades de expresión, manifestación, asociación, reunión y prensa. Varios de sus tipos penales procuran impedir que las personas opongan sus derechos al Estado, lo cual eleva los niveles de violencia política y se reprimen conductas que las autoridades consideran “provocaciones”.

En esta categoría se incluye cualquier financiamiento nacional o internacional para la sociedad civil independiente, como por ejemplo organizaciones de defensores de derechos humanos o medios de prensa independientes. También debe destacarse que en el nuevo Código Penal se mantiene la pena de muerte. Esta sanción se contempla para 23 delitos considerados graves, tres más que el Código Penal anterior.

A esto se añaden las afectaciones de los derechos económicos, sociales y culturales. La implementación de la Tarea Ordenamiento para la unificación monetaria y cambiaria y la inversión de más recursos en el turismo que en la alimentación, la construcción de viviendas, la salud y la educación han deteriorado el nivel de vida de millones de cubanos. Mientras, la inflación y los altos precios del dólar en el mercado negro han aumentado la desigualdad y han afectado a sectores vulnerables como pensionados y personas con discapacidad. Estos y otros factores propiciaron las protestas sin precedentes de julio de 2021, cuya represión derivó en el encarcelamiento de cientos de personas por motivos políticos.

Por tanto, es posible afirmar que Cuba está suspensa en este EPU. Siempre lo ha estado, pero quizás hoy sea más evidente que sus autoridades no tienen compromiso alguno con el aseguramiento de los derechos más elementales de sus ciudadanos. De tal forma, una evaluación positiva de Cuba ante el Consejo de Derechos Humanos solo es explicable por la presencia de muchos de sus aliados en este órgano, los cuales, además, tienen la capacidad de asegurar su presencia hasta 2026.

/Latinoamérica21


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