Icono del sitio Periódico La Patria

Seis ministerios bolivianos incumplen ley de transparencia

Todos los ministerios deben presentar su rendición de cuentas dos veces al año / Internet

Al menos seis de los 17 ministerios del Gobierno boliviano incumplen la Ley 341 del 5 de febrero de 2013 sobre Participación y Control Social, que establece la obligatoriedad de efectuar rendiciones públicas de cuentas y evaluaciones de resultados en sus páginas web oficiales.

os ministerios que no cumplen con esta normativa son el Ministerio de la Presidencia, la Cancillería, el Ministerio de Defensa, Hidrocarburos, Educación y Desarrollo Rural y Tierras. Estos ministerios no tienen documentación disponible sobre las rendiciones públicas realizadas entre 2021 y 2023.

En particular, en la página web del Ministerio de la Presidencia no se actualizan datos desde su última publicación en la gestión anterior; mientras que en el caso del Ministerio de Hidrocarburos no hay documentos disponibles en su sección Transparencia.

Por otro lado, aunque la Cancillería tiene disponible su rendición final para el año 2022, no muestra un histórico completo desde el año anterior. En cuanto al Ministerio de Defensa, tampoco tiene las rendiciones finales e iniciales correspondientes a los años mencionados.

Asimismo, tanto el Ministerio de Educación como el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras realizaron actos públicos, pero aún no han publicado sus informes finales correspondientes al año 2022.

Por otro lado, los ministerios que sí cumplen con esta normativa son: Gobierno; Planificación del Desarrollo; Economía y Finanzas; Desarrollo Productivo y Economía Plural; Obras Públicas, Servicio y Vivienda; Minería y Energía; Justicia y Transparencia Institucional; Trabajo, Empleo y Previsión Social; Salud y Deportes; Medio Ambiente y Agua; y Culturas, Descolonización y Despatriarcalización.

Esos ministerios tienen disponibles los documentos correspondientes a las rendiciones de cuentas desde 2020 hasta 2023, incluyendo un registro audiovisual.

La ley establece que el informe debe ser realizado por escrito y publicado en la página web del ministerio al menos 15 días antes de la realización del acto público, siendo efectuada por lo menos dos veces al año.

Esta normativa permite a la ciudadanía acceder a proyectos que se ejecutan en cada gestión, verificando avances y cumplimiento de objetivos.

/JDLF/

Salir de la versión móvil