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Cronograma de selección del nuevo Contralor tiene un vacío de 15 días

Cronograma tiene falencia de 15 días
La Comisión Mixta de Planificación / Cámara de Senadores
Otros tres pasos en el proceso de selección de esta autoridad tienen deficiencias en las fechas que no fueron solucionadas o explicadas hasta ahora.

El reglamento de selección para el nuevo Contralor General del Estado establece plazos para todos los procesos, incluida la designación que debe hacerse en dos meses, sin embargo, el cronograma publicado la jornada precedente tiene un vacío de 15 días entre julio y agosto. El proceso de inscripción de postulantes se inicia este viernes.

Según lo que se estipuló en el paso seis del cronograma, entre el 11 al 15 de julio se realizará la verificación de requisitos de los postulantes, donde las autoridades competentes contrastarán, con documentos en mano, las 20 exigencias que pide la convocatoria.

De acuerdo con el mismo cronograma, el 17 de junio debe publicarse la lista de todos los candidatos habilitados para la siguiente fase del proceso, es decir, los que cumplieron con las 20 exigencias, con un plazo inmediato para la presentación de impugnaciones según lo estipulado en el artículo 15 de la reglamentación.

“Las impugnaciones serán presentadas ante la Comisión Mixta de Planificación, Política Económica y Finanzas, en un plazo máximo de cuatro días, después de la publicación en medio escrito de las postulaciones habilitadas. Los postulantes podrán impugnar su inhabilitación dentro del mismo plazo”, remitió parte del artículo.

Oficinas de recepción de documentos de postulantes a Contralor del Estado / ANF

Sin embargo, en el cronograma se determinó que el periodo de impugnaciones durará del 1 al 4 de agosto, es decir, 15 días después de vencerse el plazo de la publicación de los habilitados. Se desconoce por qué se estableció ese vacío de tiempo en este proceso, según informó la Agencia de Noticias Fides.

El cronograma publicado consta de 13 pasos que deben cumplir los senadores y diputados encargados de la selección de los candidatos a Contralor; otra falencia es que tres de esos pasos no tienen fecha y dejan abiertas las posibilidades.

Según el artículo 216 de la Constitución Política del Estado (CPE) el Contralor ejercerá su cargo por seis años y no tiene la posibilidad de postular nuevamente, lo que significa que la actual autoridad, Henry Ara Pérez, no podrá presentarse a una eventual reelección.

De igual forma, el artículo 214 faculta a la Asamblea a designar al Contralor con dos tercios de voto de los miembros presentes, por lo que la propuesta de del senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Felix Ajpi, de dar esta responsabilidad al Ejecutivo es inconstitucional.

/ LMPT


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