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Aprueban Ley para resarcimiento económico de 1.714 víctimas de las dictaduras

Aprueban Ley para resarcimiento económico de 1.714 víctimas de las dictaduras
Carpa de los víctimas de violencia política durante las dictaduras situados en La Paz / URGENTE.BO

Desde la Cámara de Diputados se aprobó la noche del jueves, por mayoría absoluta, el proyecto de ley 221/2021-2022, el cual efectiviza el resarcimiento económico a 1.714 víctimas de violencia política durante los Gobierno inconstitucionales en el periodo del 4 de noviembre de 1964 al 10 de octubre de 1982.

Esta norma surge debido al informe de la comisión de Derechos Humanos de esa instancia del Legislativo. Bolivia es el último país en el continente en cumplir este cometido con la emisión de la disposición, según reporte de El Deber.

“Si bien este proceso (de reparación del daño a las víctimas) se inició el 2004 con la vigencia de la Ley 2640, esa ley no dio certidumbre en cuanto a los recursos financieros para el resarcimiento económico a las víctimas de violencia política”, señala la parte de antecedentes de la norma.

Víctimas de las dictaduras durante sus protestas en años anteriores / CIUDAD DIGNA

Una seguidilla de golpes de Estado, sucedió durante la década de 1960 a 1980, lo cual provocó graves violaciones de derechos desde detenciones ilegales, hasta torturas, desapariciones y asesinatos.

“Hemos considerado que hay gente que por más de diez años está solicitando el resarcimiento de los daños y no se hacía efectivo”, declaró la presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Betty Yañíquez.

Para efectivizar este resarcimiento, la normativa prevé la modificación del inciso b) del artículo 16 de la Ley N° 2640, para autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la asignación de un total de 99.925.916 bolivianos del Tesoro General de la Nación (TGN) para el pago excepcional del 80 por ciento restante a los beneficiarios.

En la única disposición transitoria del proyecto de ley, establece que el monto correspondiente al 20 por ciento restante, que no hayan cobrado aún las víctimas de la época dictatorial, tendrá un plazo de un año para hacerlo, a partir de la promulgación de la presente norma.

Pasado el tiempo establecido, los recursos que no sean reclamados serán destinados a una cuenta fiscal para futuras reparaciones a víctimas de graves violaciones a sus derechos.

La disposición final primero establece que, los únicos beneficiaros del pago, en este caso las 1.714 víctimas, son los contemplados en el anexo de Decreto Supremo 1211 del 1 de mayo de 2012.

En cuanto a la fecha de inicio del pago del 80 por ciento, la disposición final segunda, indica que será comunicado por el Gobierno a través de un medio escrito de circulación nacional.

El proyecto de ley enviado del Órgano Ejecutivo tiene un solo artículo, una disposición transitoria y tres disposiciones finales. Será enviado a la Cámara de Senadores para su respectiva consideración.

/MDCB


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