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Notifican a Albarracín para su audiencia cautelar por presunto abandono de una mujer embarazada

El exrector de la UMSA, Waldo Albarracín / Opinión

La audiencia cautelar del exrector de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), Waldo Albarracín, se realizará el 22 de febrero de este año a las 09:00 horas, por el proceso penal del presunto delito de abandono de una mujer embarazada, informó el director de los Servicios Integrales de Justicia Plurinacional (Sijplu), Aldo Torrez.

El Ministerio Público emitió la imputación formal y pidió al juez la detención domiciliaria para la exautoridad.

“El juez segundo de instrucción cautelar actuando conforme a derecho a requerimiento de imputación formal, ha señalado la audiencia cautelar para el día martes 22 de febrero a las 09:00 horas”, señaló Torrez.

Albarracín fue imputado por el delito de abandono de mujer embarazada; la víctima identificada como Jhanett A., exige el reconocimiento de la paternidad de su hijo.

Según Torrez, Albarracín está en Bolivia porque se presentó a declarar en la Fiscalía de la zona Sur de la ciudad de La Paz y se acogió al derecho al silencio, según reportó el diario Opinión.

“Él está en Bolivia, se ha apersonado y ha acreditado su domicilio, ha presentado su documento de identidad y ha podido prestar su declaración informativa, y se acogió al derecho al silencio, es lo que tenemos en actas y lo que está en el portafolio digital”, detalló el director del Sijplu.

Antecedentes

En marzo de 2021, Jhanett A. denunció que Albarracín la embarazó y luego abandonó a su bebé que estaba en terapia intensiva en el Hospital Materno Infantil de la ciudad de La Paz. Ante el riesgo de que la niña muera, la madre decidió hacer pública su acusación.

En agosto del mismo año, la juez Lily Tarquino determinó que Albarracín debe pagar 500 bolivianos como asistencia familiar para Jhanett y su hija, según reportó el diario Página Siete.

Código Penal

El Artículo 250 del Código Penal establece como delito de abandono de mujer embarazada lo siguiente: “El que fuera de matrimonio hubiere embarazado a una mujer y la abandonare sin prestarle la asistencia necesaria, será sancionado con reclusión de seis meses a tres años. La pena será de privación de libertad de uno a cinco años, si a consecuencia del abandono la mujer cometiere un delito de aborto, infanticidio, exposición o abandono del recién nacido, o se suicidare”.

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