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Salud valida carnets de vacunación anticovid emitidos en el exterior

Desde el 1 de enero, es obligatorio la presentación del carnet de vacunación para ingreso a instituciones / Archivo Unicef
Los documentos de vacunación contra el Covid-19 emitidos en el exterior tienen validez en el territorio boliviano, sin la necesidad de trámites en el sistema público, afirmó el ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza.

Los documentos de vacunación contra el Covid-19 emitidos en el exterior tienen validez en el territorio boliviano, sin la necesidad de trámites en el sistema público, afirmó el ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza.

La cartera de Salud anuló la instructiva de homologación de los certificados de inmunización de otros países, reportó el diario Correo del Sur.

Auza explicó que el Gobierno tomó esta decisión porque existen varias personas con certificados de vacunación del exterior, “sobre todo” en el departamento de Santa Cruz.

Auza señaló que personas que se vacunaron en el exterior no requieren hacer ningún trámite / ABI

“Ninguna de las personas que se hayan hecho vacunar en el extranjero, hoy deberían tener algún conflicto, eso se aplica desde hoy”, indicó la autoridad, de acuerdo a la agencia de noticias ABI.

Recalcó que a partir de la emisión de otra instrucción, las personas que se vacunaron en el exterior del país pueden utilozar su certificado en cumplimiento del Decreto Supremo que insta a la presentación de este documento para ingresar a instituciones públicas y privadas y lugares donde se generan aglomeraciones.

Instructivo 1/2022

“Establecer la validez en todo el territorio nacional del carnet o documento de vacunación de las personas que fueron vacunadas en el exterior del país a través de su presentación o exhibición en formato físico o digital ante las instancias que así lo requieran”, establece el instructivo 1/2022.

Asimismo, insta a efectuar un registro nominal electrónico para personas que fueron vacunadas en el exterior.

“El Programa Ampliado de Inmunización (PAI) coordinará con los Sedes la implementación del referido registro en un plazo de siete días hábiles computables a partir de la publicación del presente instructivo”, señala.

/JDLF/


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