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Partidos políticos tienen hasta el 31 de diciembre para adecuar sus estatutos orgánicos

El MAS ya adecuó sus estatutos a la normativa vigente / INNOVAPRESS
El Órgano Electoral recordó que los partidos políticos tienen hasta las 16:00 horas del viernes 31 de diciembre la obligación de adecuar sus estatutos orgánicos a la Ley 1096 de Organizaciones Políticas (LOP).

El Órgano Electoral recordó que los partidos políticos tienen hasta las 16:00 horas del viernes 31 de diciembre la obligación de adecuar sus estatutos orgánicos a la Ley 1096 de Organizaciones Políticas (LOP).

“El Tribunal Supremo Electoral (TSE), a través de Secretaría de Cámara, hizo conocer a los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas que los estatutos orgánicos adecuados a la Ley 1096 de Organizaciones Políticas deben ser entregados hasta las 16:00 horas del 31 de diciembre de 2021, como plazo máximo de cumplimento de esta disposición”, recordó el TSE en un comunicado.

La vocal electoral, Dina Chuquimia, recordó que el plazo para que los partidos políticos adecuen sus estatutos orgánicos y documentos internos, conforme a la disposición transitoria tercera, de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas (LOP), en los tres niveles del Estado, nacional, departamental y municipal, vence el 31 de diciembre.

“Hasta el momento sólo existe una organización política que concluyó todo el proceso de adecuación de su estatuto a la Ley 1096, que es el Movimiento Al Socialismo, (MAS IPSP)”, indicó.

Según el TSE, en el país hay 11 partidos políticos de alcance nacional y 117 agrupaciones ciudadanas en el ámbito departamental y municipal, que deben adecuar y actualizar sus estatutos.

En ese marco, el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde) encara y promueve talleres de capacitación a finde que los representantes de los partidos políticos tengan las facilidades en la actualización de sus normas y documentos.

Chuquimia pidió asumir con celeridad, esta responsabilidad tomando en cuenta que las organizaciones políticas deben apresurarse en los pasos correspondientes llevando internamente sus congresos y llegar al 31 de diciembre con sus estatutos adecuados.

Según la normativa, el TSE a través del Sifde debe supervisar los congresos, asambleas o cabildos de las organizaciones políticas en las que debatirán y aprobarán el ajuste de sus estatutos.

En ese marco fueron emitidos algunos instructivos:

1.- Las organizaciones políticas que obtuvieron su personalidad jurídica en base a la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, no requieren actualizar su estatuto interno.

2.- Las organizaciones políticas deben presentar la documentación que acredite la adecuación de sus estatutos internos, hasta las 16:00 horas del 31 de diciembre de 2021. El Tribunal Supremo Electoral y los Tribunales Electorales Departamentales, deben garantizar el personal mínimo para la recepción de la documentación.

3.- Los Tribunales Electorales deben conformar comisiones de trabajo para la revisión de la documentación de adecuación de los estatutos internos entre Secretaría de Cámara y Asesoría Legal.

4.- La Sala Plena del Tribunal Electoral competente, sobre la base del informe de la comisión de revisión del Estatuto y del informe de supervisión del Sifde, emitirá Resolución disponiendo el rechazo o autorización del registro de las adecuaciones estatutarias de la Organización Política.

Esta Resolución debe ser emitida dentro del plazo de treinta (30) días calendario, computables desde la recepción de la solicitud de registro presentada por la Organización Política de conformidad con lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 24 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas.

/INNOVAPRESS/


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