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Desde el 2022, el carnet de vacunación en lugares de aglomeración será un requisito

Desde el 2022, el carnet de vacunación en lugares de aglomeración será un requisito
El ministro de Salud, Jeyson Auza / MIN. SALUD
Mediante un Decreto Supremo, el Gobierno de Luis Arce estableció que el carnet de vacunación anticovid será un requisito para acceder a lugares de aglomeración y transporte interdepartamental. La medida ingresará en vigencia desde el 1 de enero de 2022 para personas mayores de 15 años.

Mediante un Decreto Supremo, el Gobierno de Luis Arce estableció que el carnet de vacunación anticovid será un requisito para acceder a lugares de aglomeración y transporte interdepartamental. La medida ingresará en vigencia desde el 1 de enero de 2022 para personas mayores de 15 años.

Esta medida regirá para instituciones públicas, privadas, entidades financieras, religiosas, centros comerciales, mercados y supermercados, unidades educativas, universidades, institutos técnicos e instituciones educativas en general, lugares de entretenimiento y otras donde exista aglomeración, según señala el documento.

En mencionadas entidades, se debe presentar el carnet de vacunación con esquema completo, es decir, primera y segunda dosis de la Sputnik V, o Pfizer, o Sinopharm, o AstraZeneca u otra, o una dosis de la Johnson & Johnson u otra, según el Decreto 4640.

El carnet de vacunación de la primera dosis se aceptará para aquellas personas que a la publicación del Decreto Supremo no se encuentren vacunadas, debiendo posteriormente según el intervalo de tiempo, contar con el esquema completo de vacunación.

Para las personas que decidan no vacunarse, el Decreto dispone que deben presentar la prueba PCR negativa emitida hasta 48 horas antes de su ingreso a los establecimientos.

El ministro de Salud, Jeyson Auza, declaró que se comprende el derecho de las personas que prefieren no vacunarse, pero no puede estar por encima del derecho de las personas que sí se vacunaron.

También se determinó que las empresas de transporte interdepartamental aéreo, terrestre, fluvial y férreo, que transporten pasajeros al interior del país, deben solicitar el requisito del carnet de vacunación o la prueba PCR a las personas que se encuentren en edad vacunable, antes del abordaje.

MENORES DE 15 AÑOS

El Decreto 4640 indica que las mismas medidas se apliquen a menores de cinco a 15 años desde el 1 de febrero de 2022.

PARA FUNCIONARIOS

Finalmente, los funcionarios públicos también deben presentar su carnet de vacunación; sin embargo, quienes rechacen la vacuna deberán presentar su prueba PCR negativa cada lunes y asumir los costos.

/MDCB


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