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Cámara de Diputados sansiona Ley de Ascensos de las Fuerzas Armadas

Cámara de Diputados sansiona Ley de Ascensos de las Fuerzas Armadas
El pleno de la Cámara de Diputados sancionó la noche del jueves, por mayoría absoluta, el proyecto de Ley de Ascensos de las Fuerzas Armadas / DIPUTADOS
El pleno de la Cámara de Diputados sancionó la noche del jueves precedente, por mayoría absoluta, el proyecto de Ley de Ascensos de las FF.AA., el cual tiene la finalidad de garantizar el derecho al ascenso del personal de las Fuerzas, en los diferentes escalafones.

El pleno de la Cámara de Diputados sancionó la noche del jueves precedente, por mayoría absoluta, el proyecto de Ley de Ascensos de las Fuerzas Armadas (FF.AA.), el cual tiene la finalidad de garantizar el derecho al ascenso del personal de las Fuerzas, en los diferentes escalafones.

Durante la sesión, la cual se extendió por ocho horas, legisladores del oficialismo desvirtuaron las acusaciones de sus homólogos opositores con relación al ascenso por movilización que se establece en el artículo 10 de la propuesta legal.

“Algunos opositores intentaron tergiversar este tema de ascenso por movilización, esto no tiene nada que ver con militares que van a movimientos sociales y que luego se hacen ascender, eso es mentira. En realidad, se refiere a aquellos militares que están en situación de guerra, eso han especificado los generales y los técnicos”, aclaró el presidente de la Comisión de Gobierno, Defensa y Fuerzas Armadas, Santos Mamani.

Asimismo, argumentó que la norma fue debidamente socializada y consensuada con los comandantes, el personal del Ejército de Bolivia, la Fuerza Área Boliviana y la Armada Boliviana.

Este proceso fue supervisado por el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Defensa, según reporte de la agencia estatal ABI.

“La iniciativa legislativa surgió de tres senadores que hicieron caso a la Sentencia Constitucional 0026/2021, del 19 de abril del presente año, donde otorga un plazo y encomienda a la Asamblea Legislativa presentar un proyecto de Ley de Ascenso de las Fuerzas Armadas”, complementó Mamani.

La Ley de Administración del Personal de las FF.AA., en su artículo 98, referido al ascenso por movilización señala que, en caso de movilización por guerra internacional, los cadetes y alumnos de los institutos militares de formación, serán ascendidos a diferentes grados.

Finalmente, el artículo 250 de la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de las FF.AA. de 1992 se constituyen en el armazón legal del proyecto de Ley 122/2020-2021, que tiene 20 artículos, una disposición final y otra adicional.

/MDCB


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