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Corte-IDH resuelve que reelección indefinida no es derecho humano

Jueces de la instancia continental / Corte IDH
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) determinó que la reelección indefinida no es derecho humano protegido por la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José) y que, además, es contraria a la democracia.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) determinó que la reelección indefinida no es derecho humano protegido por la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José) y que, además, es contraria a la democracia.

“La reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana ni por el Corpus Iuris del derecho internacional de los derechos humanos”, señala la resolución de la Corte, reportó el diario El Deber.

La consulta fue activada por el Gobierno de Colombia, en 2019 solicitó a la Corte que defina si la reelección indefinida está protegida por la Convención Americana de Derechos Humanos.

Según el dictamen, la “prohibición de la reelección indefinida” es “compatible” con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y la Carta Democrática Interamericana.

“La habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa y, por ende, a las obligaciones establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre”, establece.

Para sustentar la repostulación de Evo Morales en 2019, se utilizó el argumento de que la Convención Americana supuestamente convalida la reelección indefinida como derecho humano.

La solicitud de Colombia se realizó después de que el Presidente Iván Duque expresó su intención de elevar esta consulta, porque considera que esa interpretación de que la reelección indefinida es un derecho que lleva a las “dictocracias”, de acuerdo al reporte de la red Erbol.

En tanto, el Gobierno de Bolivia anticipó que la decisión de la Corte no es “retroactiva” y que supuestamente se “tomará en cuenta para lo posterior”.La Corte deliberó la decisión en su periodo de sesiones que terminó el 25 de junio. Se esperaba que se notifique a los estados para divulgarla, pero ya fue filtrada.

/JDLF/


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