La madrugada de este jueves la Cámara de Senadores por mayoría del Movimiento al Socialismo (MAS) aprobó el proyecto de Ley de Carrera de Generales y Ascensos de la Policía Boliviana y ratificó que el ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo sea la cabeza del Alto Mando de la institución verde olivo.
La norma fue aprobada en la Cámara de Diputados con varias observaciones de la oposición, porque pone al Ministro de Gobierno a la “cabeza” de la Policía.
Durante la sesión en el Senado, la oposición mostró su desacuerdo, el debate se extendió por más de una hora hasta que el senador del MAS, Félix Ajpi, pidió la conclusión de la discusión, es así que se terminó aprobando el artículo sin ninguna modificación.
Por su parte, la oposición solicitó que Del Catillo sea retirado de la estructura del Alto Mando de la Policía, porque es una figura política.
El senador de Comunidad Ciudadana (CC), Rodrigo Paz, manifestó que con el artículo 11 se le otorga demasiado poder a una sola persona designada a dedo por el Presidente.
Según una nota de prensa del Senado, las Fuerzas de la Policía Boliviana dependen de la Presidencia o Presidente del Estado por intermedio de la Ministra o Ministro de Gobierno, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 252 de la Constitución Política del Estado.
Aunque el mencionado artículo señala: “La Policía Boliviana, como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano. Ejercerá la función policial de manera integral, indivisible y bajo mando único, en conformidad con la Ley Orgánica de la Policía Boliviana y las demás leyes del Estado. II. Como institución, no delibera ni participa en acción política partidaria, pero individualmente sus miembros gozan y ejercen sus derechos ciudadanos, de acuerdo con la ley”.
Explica también que el Comandante General de la Policía Boliviana ejerce funciones directivas y de mando en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia y se constituye en la Máxima Autoridad Ejecutiva del Sistema Administrativo y Financiero de la Institución Policial.
La norma consta de 38 artículos y en su disposición adicional indica que la aplicación de la presente Ley no comprometerá recursos adicionales del Tesoro General de la Nación (TGN) y los cambios de denominación de los establecidos en la presente Ley, no afectarán el nivel salarial de los servidores públicos policiales.
La norma tiene por objeto establecer las bases normativas y procedimentales que regulen la carrera de generales, los ascensos de los policías en los diferentes grados jerárquicos y la conformación del Mando Policial.
Detalla también que las convocatorias de ascensos para todos los grados serán aprobados mediante Resolución Administrativa emitida por el Comando General de la Policía Boliviana, homologada por el Ministerio de Gobierno, debiendo permitir a los servidores públicos policiales presentarse en igualdad de oportunidades en el marco de la presente Ley.
Añade que los policías que hubieran interrumpido su carrera policial voluntariamente o hubiesen sido sancionados disciplinariamente con retiro temporal serán convocados cuando cumplan con los requisitos correspondientes de habilitaciones para el ascenso dentro de la carrera policial.
/AAC/