Bolivia Elecciones Política

Conozca las siete restricciones que a partir de hoy rigen por las Elecciones Subnacionales

Imagen referencial de las Elecciones Subnacionales / ARCHIVO OPINIÓN
A partir de las 00:00 horas de este jueves, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), se activó el silencio electoral.

A partir de las 00:00 horas de este jueves, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), se activó el silencio electoral. Es así que desde esta fecha, las organizaciones políticas y agrupaciones ciudadanas ya no podrán difundir ningún tipo de mensaje para dirigir la intención de voto.

“Entramos en una fase de silencio electoral, que es el tiempo que tienen los electores para poder evaluar y analizar todas las propuestas que han recibido de parte de los candidatos o de las organizaciones políticas”, dijo Romero el miércoles por la noche según reportó La Razón.

De cuerdo al boletín oficial del Órgano Electoral, estas restricciones tienen como fundamento legal el artículo 152 de la Ley 026 que establece medidas administrativas para el normal funcionamiento de la elección de las autoridades regionales, departamentales y municipales del 7 de marzo.

Asimismo, entran en vigencia las respectivas sanciones que se cobrarán a través de multas en función al salario mínimo nacional (2.120 bolivianos).

Estas son las restricciones que debe tomar en cuenta

La primera restricción es que desde las 00:00 horas de este jueves 4 de marzo hasta las 18:00 horas del domingo 7 de marzo, queda prohibida cualquier forma de manifestación pública de apoyo o rechazo a las candidaturas.

Del mismo modo, está prohibida 48 horas antes de la jornada de votación y hasta las 12:00 horas del 8 de marzo, el expendio y consumo de bebidas alcohólicas.

Por otra parte, desde las 00:00 hasta las 24:00 horas de la jornada de votación queda prohibido portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos para la seguridad de las personas.

También queda prohibido desde las 00:00 hasta las 24:00 horas de la jornada electoral la apertura de locales comerciales, restaurantes, patios de comida, supermercados y mercados.

Está prohibida desde las 00:00 hasta las 24:00 horas de la jornada electoral la realización de actos, reuniones espectáculos públicos de cualquier tipo.

Así también, desde las 00:00 hasta las 24:00 horas de la jornada electoral, queda prohibido el traslado de electores de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte.

Finalmente, desde las 00:00 hasta las 24:00 horas de la jornada electoral, queda prohibida la circulación de vehículos particulares, oficiales o públicos, excepto los que tengan la autorización extendida por el TSE o los Tribunales Electorales Departamentales (TED).


Hemeroteca digital

Salir de la versión móvil