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Transmisión de mando de Luis Arce costará al Estado Bs. 2.5 millones

Arce y Choquehuanca, los ganadores de los comicios 2020 / PÁGINA SIETE
Transmisión de mando de Luis Arce costará al Estado Bs. 2.5 millones

Mediante el Decreto Supremo 4381 se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas que mediante el Tesoro General de la Nación (TGN) realice el desembolso de 2.5 millones de bolivianos para la transmisión de mando de Luis Arce Catacora, que se efectuará el próximo 8 de noviembre.

“Para la Transmisión de Mando Presidencial, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, realizar en la gestión 2020 la asignación presupuestaria de recursos adicionales por un monto de hasta Bs. 2.500.000.- a favor de los Ministerios de Estado del Órgano Ejecutivo e instancias involucradas en la Transmisión de Mando Presidencial”, señala el artículo cinco del mencionado decreto.

El Decreto Supremo 4381 tiene por objeto establecer mecanismos para la transmisión de mando presidencial y transición ordenada del Gobierno constitucional al Gobierno electo.

Asimismo, se indica en la norma que el Tribunal Supremo Electoral dispuso el calendario electoral, estableciendo como fecha de posesión del Presidente electo el 8 de noviembre de 2020.

Por otro lado, se creó la comisión de Transmisión de Mando Presidencial como instancia responsable de la organización de los actos protocolares relacionados a dicha actividad. La coordinación de la comisión estará a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien podrá convocar a otras Carteras de Estado e instancias necesarias.

TRANSICIÓN

En el Decreto también se estableció que la transición ordenada y la entrega de la información documentada de cada una de las Carteras de Estado, será a través de las unidades organizacionales correspondientes que así lo dispongan las Máximas Autoridades Ejecutivas.

“Para el cumplimiento del Parágrafo precedente el Gobierno Electo deberá acreditar una comisión de cinco (5) personas para la recepción de la información documentada de acuerdo al cronograma a ser coordinado con el Gobierno Constitucional en ejercicio”, indica el parágrafo segundo del artículo 3 del mencionado decreto.

En lo concerniente a la contratación directa, se autorizó a los Ministerios de Estado del Órgano Ejecutivo e instancias involucradas en la Transmisión de Mando Presidencial efectuar la contratación directa de bienes y servicios destinados exclusivamente para el desarrollo de la actividad.

/DEA/


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