Mediante el Decreto Supremo 4276, la Presidente de Estado Plurinacional de Bolivia, Jeanine Áñez Chávez determinó ampliar la cuarentena nacional hasta el 31 de julio de este año.
El mencionado Decreto tiene 13 artículos, dos disposiciones transitorias y tres disposiciones finales. El objeto del D.S 4276 señala que ante el incremento del contagio comunitario y aumento de casos positivos del Covid-19 se amplía el plazo de la cuarentena nacional, condicionada y dinámica, dispuesta por el D.S. de 28 de mayo de 2020, hasta el 31 de julio.
Se mantiene el cierre de fronteras, la suspensión temporal de clases presenciales en todos los niveles y modalidades educativas; la suspensión de eventos públicos; suspensión del funcionamiento de actividades culturales; deportivas, incluyendo gimnasios; festivos; religiosos, políticos, entre otros.
Asimismo, se prohíbe la circulación de personas y vehículos de lunes a viernes, entre horas 18:00 y 05:00 de la mañana; y la prohibición de circulación de vehículos los sábados y domingos. Asimismo, se estableció la prohibición de circulación de menores de 12 años y mayores de 65 años.
El transporte público, particular e interdepartamental será regulado por el Ministerio de Obras Públicas con los Gobiernos Municipales y Gobiernos Departamentales, entre otras disposiciones que están en el mencionado D.S. 4276.