Bolivia Elecciones

Comisión de Diputados aprobó la ley de postergación de las elecciones generales hasta septiembre

Comisión de Diputados en reunión con el TSE. PRENSA DIPUTADOS
El Proyecto de Ley 691 “De modificación de la Ley 1297 de Postergación de las Elecciones Generales 2020”, que establece que las elecciones generales se realizarán en un plazo máximo de 127 días a partir del 3 de mayo, hasta el domingo 6 de septiembre de este año, fue aprobado por la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados.

El Proyecto de Ley 691 “De modificación de la Ley 1297 de Postergación de las Elecciones Generales 2020”, que establece que las elecciones generales se realizarán en un plazo máximo de 127 días a partir del 3 de mayo, hasta el domingo 6 de septiembre de este año, fue aprobado por la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados.

La tarde del lunes, dicha comisión aprobó el proyecto de Ley de postergación de las elecciones, la misma que será remitida a la Cámara de Diputados para su aprobación y que luego pasará a la Cámara de Senadores.

Según informó Prensa Diputados, el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Salvador Romero, argumentó los cambios ante la Comisión de Diputados en una reunión en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), los miembros de la Comisión de Constitución analizaron la propuesta que modifica el texto del Artículo 2 de la Ley 1297 de Postergación de las Elecciones Generales 2020, informó Prensa Diputados.

De acuerdo al texto de la modificación de la Ley 1297 señala en el Artículo 2 que el TSE, fija la fecha de las elecciones generales en un plazo de 127 días, vale decir hasta el domingo 6 de septiembre de 2020, conforme a criterios técnicos del ente electoral y científicos de organismos de salud, para garantizar los derechos políticos que no implican la propagación del Covid-19 y los consiguientes riesgos para la vida y la salud de los bolivianos en el territorio nacional y en el extranjero.

Asimismo, el proyecto indica también que el TSE, en un plazo no mayor a dos días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la ley, aprobará los ajustes al Calendario Electoral para las elecciones generales 2020 y definirá la fecha para la realización de la jornada respectiva de votación.

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